Condiciones generales de compra de Polytechnik Luft- und Feuerungstechnik GmbH
Versión: junio de 2024
1. Ámbito de aplicación de las presentes condiciones
Para los pedidos de la empresa Polytechnik Luft- und Feuerungstechnik GmbH (en adelante, el cliente o «AG», o bien «nosotros»), se aplicarán, salvo que se acuerde expresamente lo contrario en las presentes condiciones, las estipulaciones que figuran a continuación, las cuales se habrán entregado al contratista a más tardar en el momento de realizar el pedido. Las condiciones que difieran de las aquí establecidas solo serán válidas si las aceptamos por escrito. Queda expresamente excluido que nuestro silencio se interprete como aceptación de los documentos remitidos por el contratista —tales como la confirmación del pedido, la factura u otra correspondencia— que supongan una modificación de las presentes condiciones de compra. Con la entrega o el cumplimiento, los contratistas aceptan las presentes condiciones sin reservas y en su totalidad.
2. Alcance de los suministros y servicios
Los suministros y servicios que debe prestar el contratista deberán realizarse en su totalidad y de tal forma que, en el momento del pedido, se ajusten al estado actual de la técnica, sean como nuevos y cumplan íntegramente con la calidad especificada en el pedido, así como con todas las disposiciones legales, reglamentos pertinentes, normas técnicas y prescripciones de las asociaciones profesionales vigentes en la Unión Europea, en Austria y en el lugar de cumplimiento.
El alcance de la entrega y los servicios incluye todos los servicios accesorios habituales en el sector y demás piezas o materiales necesarios para garantizar las características prometidas, en particular el rendimiento del objeto del pedido, incluso cuando dichas piezas y servicios accesorios no se especifiquen expresamente. Solo se aceptarán entregas en exceso o en defecto previa autorización expresa y por escrito por nuestra parte.
3. Fijación de precios
Todos los precios son precios fijos a tanto alzado según los Incoterms 2020, DDP en el lugar de cumplimiento, e incluyen todos los servicios adicionales y gastos, como el transporte, la descarga y el embalaje necesario. La devolución del material de embalaje, los envases y los medios auxiliares de transporte correrá a cargo de los contratistas, debiendo respetarse los principios de sostenibilidad y rentabilidad.
4. Envío
Cada envío deberá ir acompañado de un albarán de entrega y, en la documentación de envío, deberá figurar una indicación clara del objeto de la entrega que permita identificar sin lugar a dudas el envío a su llegada al destino; en cualquier caso, deberá indicarse siempre el número de pedido.
Todos los gastos derivados de la falta de presentación o de la expedición incorrecta del certificado de origen, así como del incumplimiento de las normas de envío —tales como derechos de aduana, gastos de estacionamiento de vehículos, tasas de traslado, etc.— correrán a cargo del contratista.
5. Lugar de cumplimiento
Para la entrega o la prestación del servicio se aplica el lugar de destino indicado por nosotros en el pedido. De conformidad con los Incoterms 2020, DDP, el contratista asume el riesgo hasta la entrega (una vez finalizada la descarga, colocado sobre los cimientos, tras la finalización del montaje, etc.). Para la documentación y los pagos se aplica la dirección indicada en el pedido.
Para la inspección final del montaje, la puesta en servicio y el cumplimiento de la garantía, se considerará válido el lugar en el que se haya instalado el objeto de suministro o se haya prestado el servicio.
6. Mercancías peligrosas
En caso de que, en el marco de este pedido, se suministren mercancías a las que se apliquen las disposiciones pertinentes de la normativa internacional sobre mercancías peligrosas, el contratista, al aceptar el encargo, asume la responsabilidad del cumplimiento íntegro de dichas disposiciones, así como de las consecuencias jurídicas que se deriven del incumplimiento de las mismas. Para cualquier mercancía peligrosa suministrada en virtud del presente pedido, el contratista deberá remitirnos —independientemente de las condiciones de entrega estipuladas, de forma espontánea y con la debida antelación antes del envío de la mercancía— el correspondiente certificado de mercancías peligrosas, expedido a nombre de la empresa. La mercancía deberá ir acompañada de un ejemplar adicional expedido a nombre de la empresa.
El contratista garantiza que las entregas que deba realizar en virtud del pedido cumplen con la Directiva RoHS (Restricción del uso de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos) y, por lo tanto, cumplen los valores límite vigentes en el momento de la entrega, establecidos en la Directiva RoHS sobre la restricción del uso de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva de la UE en la versión vigente en el momento de la celebración del contrato). En caso de que se realicen entregas que no cumplan con la Directiva RoHS, el contratista deberá indemnizar a Polytechnik por todos los daños derivados de dichas entregas, sin perjuicio de posibles reclamaciones de garantía.
Si el contratista suministra productos cuyos componentes figuren en la «Lista de sustancias sujetas a declaración (www.bomcheck.net/suppliers/restricted-and-declarable-substances-list)» vigente en el momento del pedido, o que, en virtud de la legislación, estén sujetos a restricciones y/o obligaciones de información sobre sustancias (por ejemplo, REACH, RoHS), el contratista deberá comunicar por escrito la información correspondiente en la oferta o en la confirmación del pedido. Además, el contratista podrá declarar dichas sustancias, a más tardar en el momento de la primera entrega de los productos, en la base de datos en línea BOMcheck (www.BOMcheck.net), junto con la información allí requerida. Lo anterior se aplicará, en lo que respecta a la legislación, únicamente en la medida en que dicha legislación sea de aplicación en el domicilio social del contratista o del cliente, o en el lugar de destino designado por el cliente.
7. Ofertas, pedido y aceptación del pedido
Las ofertas del contratista son siempre gratuitas para nosotros. Por regla general, se aplicarán nuestros textos de pedido. Nuestros pedidos solo serán vinculantes si se realizan por escrito o por correo electrónico. Los pedidos verbales o telefónicos no son, por regla general, jurídicamente vinculantes, salvo que los confirmemos mediante el envío posterior de un pedido por escrito.
La aceptación del pedido deberá ser confirmada por nuestra parte, mediante la firma de la copia de nuestro pedido, en un plazo adecuado al volumen del mismo, pero, a más tardar, en el caso de todos los pedidos, independientemente de su volumen, en un plazo de 8 días a partir de la fecha del pedido. Si en dicho plazo no se produce ninguna confirmación del pedido ni ninguna objeción por escrito, consideraremos que el contratista ha aceptado el pedido en su totalidad y de forma vinculante.
Las desviaciones respecto a nuestro pedido solo serán válidas si las hemos aceptado expresamente por escrito. Las condiciones de entrega divergentes del contratista solo nos obligarán si las hemos aceptado previamente por escrito.
Los planos, especificaciones, muestras y demás documentación entregados en relación con nuestro pedido deberán comprobarse en todo momento para verificar su conformidad con el pedido y su exactitud. En caso de incumplimiento de esta obligación por parte del contratista, este deberá asumir por su cuenta los daños y perjuicios ya producidos, los costes y todos los gastos derivados de ello.
8. Facturación y pago
La factura de cada pedido deberá enviarse por escrito por correo postal, indicando el número de pedido, a la dirección de nuestra empresa una vez completada la entrega o prestado el servicio. El plazo de pago acordado comienza el día de la recepción de la factura conforme al contrato, una vez que se haya cumplido íntegramente la obligación. Los contratistas toman nota, además, de que los documentos de envío, certificados y/o documentación emitidos de forma errónea y/o incompletos darán lugar a un aplazamiento del pago; los gastos de transferencia correrán a cargo de los contratistas. En caso de entrega de mercancías antes de las fechas acordadas, para lo cual se requiere nuestro consentimiento por escrito, los plazos de pago no comenzarán a correr hasta la fecha acordada contractualmente.
El pago se efectuará, tras la recepción de la mercancía conforme al contrato y la recepción de una factura válida y verificable, salvo que se acuerde lo contrario, en un plazo de 30 días con un 3 % de descuento, de 60 días con un 2 % de descuento o de 90 días sin descuento, mediante transferencia bancaria.
En caso de que exista un defecto, tenemos derecho a aplazar el pago hasta que se haya subsanado debidamente dicho defecto.
9. Plazo de entrega
Todos los plazos indicados en el pedido se consideran, salvo que se acuerde expresamente
lo contrario, plazos fijos; es decir, se acuerda expresamente que, en caso de que la entrega no se realice en la fecha fijada, tendremos derecho a rescindir el contrato sin fijar un plazo adicional. La notificación de dicha rescisión se enviará al contratista en un plazo de tres días laborables.
Si no se realiza dicha notificación dentro del plazo mencionado anteriormente, se considerará fijado un plazo adicional razonable, que, no obstante, no podrá exceder los 14 días. Si no hacemos uso del derecho de rescisión, ello no eximirá en modo alguno a los contratistas de sus obligaciones de entrega y prestación de servicios, ni limitará o excluirá las reclamaciones por daños y perjuicios.
En caso de que, antes de la fecha de entrega acordada, resulte evidente que el contratista no podrá cumplir el pedido en cuestión de forma adecuada y/o puntual, tendremos derecho a realizar dichas entregas o prestar dichos servicios nosotros mismos o a través de terceros, corriendo a cargo del contratista los costes adicionales en que incurramos.
Los contratistas nos informarán inmediatamente —bajo pena de indemnización por daños y perjuicios— de cualquier circunstancia que ponga en peligro el cumplimiento puntual de sus obligaciones contractuales de entrega o prestación de servicios (aviso de incumplimiento de plazo). En caso de cualquier aplazamiento de la fecha de entrega, el almacenamiento se realizará en las instalaciones del contratista sin coste alguno para nosotros.
En caso de que del presente pedido se deriven obligaciones para nosotros, el contratista instará al cumplimiento de dichas obligaciones de forma demostrable y oportuna.
De no ser así, el contratista no podrá alegar el incumplimiento de estas obligaciones en caso de demora.
10. Suministro/disponibilidad de piezas de recambio
El contratista se compromete a garantizar la disponibilidad de piezas de recambio para los productos que nos haya suministrado durante un periodo mínimo de 10 años a partir de la fecha de entrega.
Si el contratista tiene la intención de interrumpir la producción de piezas de recambio para los productos que nos ha suministrado antes de que transcurran 10 años, nos lo notificará por escrito inmediatamente después de tomar la decisión de interrumpirla. Dicha decisión deberá comunicarse al menos seis meses antes de la interrupción de la producción.
11. Penalización contractual
En caso de que se superen los plazos de entrega acordados, tendremos derecho, sin necesidad de demostrar los daños, a deducir de la factura del contratista una penalización por demora del 1 % por cada semana de retraso iniciada —sin que dicha penalización esté sujeta al derecho de moderación judicial—, hasta un máximo del 10 % del valor del pedido.
La deducción de una penalización por demora no exime a los contratistas de sus obligaciones de entrega y/o prestación de servicios, ni excluye reclamaciones por daños y perjuicios que excedan el importe de dicha penalización.
12. Aceptación de la mercancía / Transmisión del riesgo
La aceptación de la mercancía tendrá lugar únicamente cuando se utilice conforme a su finalidad, a más tardar 24 (veinticuatro) meses después de la entrega. Por lo tanto, los contratistas renuncian a una inspección inmediata, así como a alegar que nuestra reclamación por defectos se ha producido fuera de plazo. Nuestro pago no implica una aceptación sin reservas de la entrega o del servicio.
El riesgo no se nos transfiere hasta que se haya producido la recepción conforme en el lugar de cumplimiento.
13. Garantía
Los contratistas garantizan la idoneidad para el uso previsto, la calidad impecable y el cumplimiento de las características prometidas durante un plazo de 24 meses a partir de la fecha de uso previsto, sin que dicho plazo pueda exceder en ningún caso los 36 meses a partir de la entrega. Los contratistas se comprometen a subsanar sin demora y a su cargo todos los defectos que surjan dentro de este plazo, así como a indemnizar por todos los daños relacionados con dichos defectos, incluidos los gastos derivados de la constatación de los defectos o de los daños.
El lugar de cumplimiento para la subsanación de defectos en el marco de la obligación de garantía se regirá por nuestras indicaciones. Las demás disposiciones legales no se ven afectadas por esta regulación. En aquellos casos en los que el contratista no cumpla sin demora con su obligación de garantía tras haber sido requerido, así como en caso de defectos de menor importancia y también en casos especialmente urgentes, tendremos derecho a subsanar los defectos por nuestra cuenta, a cargo del contratista, sin necesidad de solicitarlo de nuevo, o a encargar a un tercero que lo haga; o, si esto no fuera posible, a obtener una sustitución por otros medios.
Nos reservamos el derecho a hacer valer, en lugar de la subsanación, el derecho legal a la rescisión del contrato o a la reducción del precio. El contratista deberá indemnizarnos por los daños que nos ocasionen las entregas defectuosas.
En caso de que, como fabricante del producto final, se nos exija responsabilidad por daños atribuibles a defectos de la pieza o materia prima suministrada por el contratista, este deberá eximirnos de dicha responsabilidad y concedernos pleno derecho de recurso, independientemente de su culpa.
14. Prohibición de cesión
Sin nuestro consentimiento expreso por escrito, los derechos y obligaciones derivados del contrato de suministro no podrán cederse a terceros, y dicha cesión carecerá de validez incluso frente a terceros. Asimismo, cualquier subcontratación requerirá nuestro consentimiento.
15. Confidencialidad
Todos los documentos, planos, cálculos, etc., facilitados para la presentación de ofertas o la ejecución de pedidos son propiedad exclusiva de la empresa Polytechnik y no podrán cederse a terceros sin autorización. Estos documentos deben tratarse de forma confidencial y solo podrán utilizarse para el fin concreto y previsto.
El pedido y todos los datos relacionados con el mismo deben tratarse de forma confidencial como secreto comercial nuestro y tampoco podrán cederse a terceros sin autorización. En caso de incumplimiento, nos reservamos el derecho a emprender otras acciones legales. La obligación de confidencialidad seguirá vigente sin restricciones de tiempo ni de contenido incluso tras la finalización del contrato.
16. Reserva de propiedad
Los artículos entregados pasan a ser de nuestra propiedad, a más tardar, en el momento de su transformación o procesamiento. No se reconocerán las reservas de propiedad prolongadas o ampliadas.
17. Compensación
Estamos autorizados a compensar en cualquier momento los pagos que se adeuden a los contratistas con los créditos que nosotros o nuestras empresas vinculadas (empresas del grupo, filiales, sociedades matrices o empresas asociadas) tengamos frente a los contratistas, independientemente de que dichos créditos hayan vencido o no, incluso si proceden de otras relaciones comerciales. En caso de compensación con créditos aún no vencidos, se aplicarán los intereses intermedios habituales en el sector bancario.
18. Responsabilidad por el producto / Garantía de calidad
El contratista se compromete, junto con sus sucesores legales, a realizar un seguimiento del producto. Deberá informarnos de inmediato si, tras la entrega o la puesta en servicio, se detectaran propiedades peligrosas del producto.
En caso de que un tercero (por ejemplo, nuestro cliente) presente una reclamación contra nosotros, el contratista se compromete a eximirnos de toda responsabilidad y a indemnizarnos por los daños y perjuicios. El contratista deberá adoptar las medidas de cobertura suficientes para hacer frente a posibles obligaciones de indemnización por daños y perjuicios, ya sea mediante la contratación de un seguro o por cualquier otro medio adecuado.
El contratista deberá llevar a cabo un sistema de garantía de calidad adecuado en cuanto a su naturaleza y alcance, que se ajuste al estado actual de la técnica, y deberá demostrárnoslo cuando se le solicite. Si el contratista no cuenta con un sistema de garantía de calidad (como, por ejemplo, la norma ISO 9001), estará obligado a comunicárnoslo de forma espontánea antes de que se establezca la relación contractual. En tal caso, tendremos derecho a establecer los requisitos mínimos para el sistema interno de garantía de calidad del contratista.
19. Retención / Material facilitado
Los contratistas no estarán autorizados en ningún caso, por el motivo que sea, a retrasar y/o retener sus prestaciones. Asimismo, no tendrán derecho de retención sobre los objetos o materiales que les hayamos facilitado.
El material facilitado seguirá siendo de nuestra propiedad. Solo podrá utilizarse para nuestro pedido. El contratista responderá por la depreciación o la pérdida, independientemente de que exista culpa o no.
Sobre los objetos fabricados utilizando el material facilitado por nosotros se constituirá una copropiedad en proporción al material facilitado.
20. Derechos de propiedad industrial
El contratista declara que las entregas o prestaciones realizadas en virtud del presente pedido no vulneran los derechos de propiedad industrial de terceros.
En caso de que se nos reclame responsabilidad por la vulneración de derechos de propiedad industrial en relación con el presente pedido, el contratista deberá indemnizarnos y eximirnos de toda responsabilidad.
21. Cumplimiento normativo, responsabilidad social y protección del medio ambiente
El contratista se compromete a no ofrecer, conceder, solicitar ni aceptar, en el marco de la relación comercial con nosotros, ni en el tráfico comercial ni en el trato con funcionarios públicos, ventajas que infrinjan la normativa anticorrupción vigente.
El contratista se compromete a no celebrar, en el marco de la relación comercial con nosotros, ningún acuerdo ni a adoptar ninguna conducta concertada con otras empresas que tenga por objeto o efecto impedir, restringir o falsear la competencia, de conformidad con la normativa vigente en materia de defensa de la competencia.
Por lo tanto, el contratista se compromete expresamente a no participar, ni de forma activa ni pasiva, en ninguna forma de soborno, en la violación de los derechos fundamentales de sus empleados ni en el trabajo infantil.
El contratista garantiza el pago de un salario adecuado y la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor sin distinción alguna, así como el cumplimiento de la legislación vigente en materia de salario mínimo general, y obligará en la misma medida a los subcontratistas a los que haya encargado trabajos. Previa solicitud, el contratista deberá acreditar el cumplimiento de la garantía anterior. En caso de incumplimiento de la garantía anterior relativa al cumplimiento de la legislación vigente en materia de salario mínimo general, el contratista nos eximirá de cualquier reclamación de terceros y estará obligado a reembolsarnos las multas que se nos impongan en este contexto.
El contratista cumplirá con las normas y reglamentos legales vigentes en materia de protección del medio ambiente, salud y seguridad en el trabajo, trato a los empleados y protección de los derechos humanos.
Se responsabiliza de la salud y la seguridad de sus empleados en el lugar de trabajo, respeta la legislación medioambiental y apoya y exige el cumplimiento de este principio también por parte de sus propios subcontratistas. Asimismo, deberán cumplirse las disposiciones de la Ley alemana de la cadena de suministro y las disposiciones correspondientes del Derecho de la Unión Europea, y deberá demostrarse su cumplimiento cuando así se solicite.
Con el fin de reducir los efectos negativos sobre las personas y el medio ambiente, el contratista establecerá, en particular, un sistema de gestión medioambiental conforme a la norma ISO 14001 o equivalente.
22. Fuerza mayor
Se considerarán casos de fuerza mayor —y eximirán a las partes contratantes de sus obligaciones de cumplimiento— los siguientes acontecimientos: guerras, disturbios, restricciones a la exportación o al comercio debidas a un cambio en la situación política, así como huelgas, cierres patronales, interrupciones en el funcionamiento de la empresa, restricciones operativas y acontecimientos similares que hagan imposible o desproporcionado el cumplimiento del contrato por parte de las partes contratantes.
Las partes contratantes están obligadas a notificarse mutuamente estos hechos y a adaptar sus obligaciones a las nuevas circunstancias de buena fe.
Si estos acontecimientos se prolongan durante un período superior a un mes, tendremos derecho a rescindir el contrato con efecto inmediato.
23. Jurisdicción
La empresa Polytechnik se reserva el derecho de decidir, en relación con cualquier controversia que se derive del presente contrato o de su incumplimiento, resolución o nulidad del presente contrato, ya sea ante el tribunal ordinario competente por razón de lugar y materia en la sede de la fábrica de Polytechnik que haya realizado el pedido, o en el lugar de cumplimiento del contrato, o bien someterlas a resolución conforme al Reglamento de Arbitraje y Conciliación de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Austria, con sede en Viena. El idioma que se utilizará en el procedimiento será el alemán.
24. Legislación aplicable
Se aplicará el Derecho sustantivo austriaco, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
25. Idioma de referencia
Si un pedido se redacta tanto en alemán como en otro idioma, en caso de discrepancias prevalecerá siempre la versión en alemán.